En 2025, se han implementado reformas fiscales muy relevantes en Argentina relacionadas con la compra–venta de propiedades.
- Juan Carlos Cespedes

- 14 jun 2025
- 2 Min. de lectura

🏠 1. Eliminación del ITI (Impuesto a la Transferencia de Inmuebles)
Qué se eliminó: el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), un gravamen del 1,5 % sobre la venta de inmuebles adquiridos antes del 1° de enero de 2018 y que no fueran vivienda única, vigente desde 1991.
Desde cuándo: fue derogado por la Ley N° 27.743, con vigencia desde el 8 de julio de 2024. Es de aplicación inmediata y sin efectos retroactivos (eleconomista.com.ar).
¿Cómo afecta las operaciones?
Vendedores de inmuebles adquiridos antes de 2018 ya no pagan este 1,5 %.
Para ventas de propiedades compradas a partir del 1° de enero de 2018, sigue vigente el Impuesto Cedular del 15 % sobre la ganancia neta, conforme las normas anteriores (eleconomista.com.ar).
2. Exención del Impuesto de Sellos en CABA para primera vivienda
Qué cambió: en la Ciudad de Buenos Aires, el importe exento del Impuesto de Sellos (3,5 %) para vivienda única, familiar y de ocupación permanente se elevó de ARS 56.270.730 a ARS 205.332.000, monto equivalente a aproximadamente USD 190 000 (lanacion.com.ar).
Desde cuándo: vigente desde el 1° de enero de 2025 (lanacion.com.ar).
¿A quién aplica?
Compradores de su primer domicilio en CABA.
Uso exclusivamente familiar y permanente.
Valor de escritura hasta ARS 205.332.000.
Beneficio: exención total del 3,5 % de sellos (tradicionalmente dividido en 1,75 % comprador y 1,75 % vendedor), lo que representa un ahorro de hasta ~USD 6 650 para propiedades en ese rango (lanacion.com.ar).
3. Otros aspectos vinculados (aunque no directamente eliminaciones)
Impuesto Cedular (15 % sobre ganancia neta):
Se mantiene vigente para propiedades adquiridas desde 2018 (sea primera vivienda o no), pero no reemplaza al ITI (eleconomista.com.ar, munozbienesraices.com.ar).
Otros trámites suprimidos por AFIP:
Aunque no está directamente relacionado con compraventa, se eliminó la obligación de registrar contratos de alquiler urbanos/rurales en el sistema RELI, reduciendo carga burocrática (reddit.com).
✅ Resumen ejecutivo
Impuesto | Estado actual en 2025 |
ITI (1,5 %) | ✅ Eliminado (vigente desde 08/07/2024). No aplica retroactivamente. |
Impuesto Cedular (15 %) | ⚠️ Persiste para inmuebles adquiridos desde 2018; aplica sobre ganancia neta. |
Sellos (3,5 %) – CABA | ✅ Exento desde 01/01/2025 para primeras viviendas ≤ ARS 205M. |
Registro alquiler (RELI) | ✅ Ya no obligatorio para alquileres, al menos en ciertos casos (AFIP 2024). |
🧭 Consecuencias prácticas
Para vendedores: adiós al 1,5 % del ITI en inmuebles comprados antes de 2018.
Para compradores en CABA: exención total del impuesto de sellos si compran desde 2025 su primera vivienda hasta ARS 205M.
Para inmuebles comprados en 2018 o después: sigue en pie el impuesto cedular al momento de vender (15 % sobre ganancia neta).
Si deseas que prepare una guía formal o una presentación notarial para tus clientes con estos cambios, estaré encantado de ayudarte.



Comentarios